Preguntas frecuentes sobre el INEE

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Encuentra la respuesta a las preguntas más comunes sobre el Instituto y su labor.


1. ¿Qué es el INEE?

El Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE) es un organismo público autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propios, que cuenta con plena autonomía técnica, de gestión, presupuestaria y para determinar su organización interna, de conformidad con lo dispuesto en la fracción IX del artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Antes de constituirse como organismo público autónomo el INEE operó, en una primera etapa, del 8 de agosto de 2002 al 15 de mayo de 2012, como un descentralizado de la Secretaría de Educación Pública y, en una segunda, del 16 de mayo de 2012 al 25 de febrero de 2013, como un descentralizado no sectorizado.

Actualmente tiene por objeto coordinar el Sistema Nacional de Evaluación Educativa, así como evaluar la calidad, el desempeño y los resultados del Sistema Educativo Nacional en lo que se refiere a la educación básica y la educación media superior, tanto pública como privada, en todas sus modalidades y servicios.

También corresponde al Instituto diseñar y realizar mediciones y evaluaciones relativas a los componentes, procesos y resultados del Sistema Educativo Nacional y emitir directrices que sean relevantes para contribuir a las decisiones tendientes a mejorar la calidad de la educación y su equidad.

2. ¿Cuál es el órgano superior de dirección del INEE?

La Junta de Gobierno, la cual está integrada por la consejera presidenta Teresa Bracho González y los cuatro consejeros, Sylvia Schmelkes de Valle, Patricia Vázquez del Mercado Herrera, Gilberto Guevara Niebla y Bernardo Naranjo Piñera

3. ¿Cuáles son las atribuciones del INEE?

De conformidad con el artículo 27 de la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación tiene las siguientes atribuciones:

  • I. Fungir como autoridad en materia de evaluación educativa a nivel nacional;
  • II. Coordinar el Sistema Nacional de Evaluación Educativa;
  • III. Contribuir a la evaluación de los procesos de formación, actualización, capacitación y superación profesional de los docentes;
  • IV. Diseñar, implementar y mantener actualizado un sistema de indicadores educativos y de información de resultados de las evaluaciones;
  • V. Establecer mecanismos de interlocución con Autoridades Educativas y en su caso Escolares, para analizar los alcances e implicaciones de los resultados de las evaluaciones, así como las directrices que de ellos se deriven;
  • VI. Formular, en coordinación con las autoridades educativas, una política nacional de evaluación de la educación encauzada a mejorar la calidad del Sistema Educativo Nacional;
  • VII. Expedir los lineamientos a los que se sujetarán las autoridades educativas para llevar a cabo las funciones de evaluación que les correspondan;
  • VIII. Generar, recopilar, analizar y difundir información que sirva de base para la evaluación del Sistema Educativo Nacional y, con base en ella, emitir directrices que sean relevantes para contribuir a las decisiones tendientes a mejorar la calidad de la educación y su equidad;
  • IX. Diseñar e implementar evaluaciones que contribuyan a mejorar la calidad de los aprendizajes de los educandos, con especial atención a los diversos grupos regionales, a minorías culturales y lingüísticas y a quienes tienen algún tipo de discapacidad;
  • X. Solicitar a las autoridades educativas la información que requiera para dar cumplimiento al objeto, finalidad y propósitos de esta Ley;
  • XI. Celebrar actos jurídicos para formalizar la participación, colaboración y coordinación en materia de evaluación educativa con las autoridades educativas, así como con entidades y organizaciones de los sectores público, social y privado, tanto nacionales como extranjeros;
  • XII. Auxiliar, a través de asesorías técnicas, a otras instituciones o agencias, en el diseño y aplicación de las evaluaciones que lleven a cabo, para fortalecer la confiabilidad de sus procesos, instrumentos y resultados;
  • XIII. Asesorar y, en su caso, supervisar el diseño y aplicación de instrumentos de medición para las evaluaciones de los componentes, procesos o resultados del Sistema Educativo Nacional que realicen las Autoridades Educativas, en el marco de sus atribuciones y competencias;
  • XIV. Realizar y promover estudios e investigaciones destinadas al desarrollo teórico, metodológico y técnico de la evaluación educativa, así como lo que se refiera al uso de los resultados;
  • XV. Participar en proyectos internacionales de evaluación de la educación que sean acordados con las Autoridades Educativas o instancias competentes;
  • XVI. Impulsar y fomentar una cultura de la evaluación entre los distintos actores educativos, así como entre diversos sectores sociales, a efecto de que las directrices que emita el Instituto, previa evaluación de la educación, se utilicen como una herramienta para tomar decisiones de mejora, desde el ámbito del sistema educativo, en los tipos, niveles y modalidades educativos, los centros escolares y el salón de clases;
  • XVII. Promover y contribuir a la formación de especialistas en distintos campos de la evaluación de la educación. Asimismo, realizar las acciones de capacitación que se requieran para llevar a cabo los proyectos y acciones de evaluación del Instituto y en su caso del Sistema.
  • XVII. Las demás que le correspondan conforme a esta Ley y otras disposiciones aplicables.
4. ¿Con qué áreas cuenta el INEE?

El Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación cuenta, entre otros, con los Órganos y Unidades siguientes:

· La Junta de Gobierno;
· Los Órganos Colegiados que se enumeran a continuación:

– Consejo Social Consultivo de Evaluación de la Educación
– Consejo de Vinculación con las Entidades Federativas
– Consejo Pedagógico de Evaluación Educativa
– Consejos Técnicos Especializados

· Las siguientes Unidades Administrativas:

– Unidad de Normatividad y Política Educativa
– Unidad de Evaluación del Sistema Educativo Nacional
– Unidad de Información y Fomento de la Cultura de la Evaluación
– Unidad de Administración
– Coordinación de Direcciones del INEE en las Entidades Federativas, y
– La Contraloría Interna

5. ¿Cómo se vincula el INEE con las Entidades Federativas?

Este Instituto se vincula con el ámbito educativo local a través de la Coordinación del INEE en las Entidades Federativas. De acuerdo con la última reforma al Estatuto Orgánico (publicada el 31 de enero de 2017). La Coordinación del INEE en las Entidades Federativas tiene como objetivo fortalecer la presencia y acción del Instituto en el ámbito local, con la intención de acercar sus actividades al hecho educativo y estrechar la relación con los actores corresponsables de la evaluación educativa de su ámbito de competencia y para mejorar la calidad de la educación.

De acuerdo con el artículo 77 del Estatuto Orgánico, la Coordinación de Direcciones del INEE en las Entidades Federativas tendrá las siguientes funciones:

Artículo 77.- La Coordinación de Direcciones del INEE en las Entidades Federativas tendrá las siguientes funciones:

  1. Dirigir y supervisar las actividades de las DINEE;
  2. Establecer las prioridades de las DINEE, en coordinación con las unidades administrativas;
  3. Participar en el seguimiento de la Política Nacional de Evaluación de la Educación, de conformidad con los protocolos que establezca la UNPE;
  4. Informar de manera periódica a la Junta sobre el funcionamiento de las DINEE, así como retroalimentar a las unidades administrativas correspondientes en los asuntos de su competencia;
  5. Apoyar, promover y dar seguimiento a las acciones de vinculación de las DINEE con las instancias estatales de evaluación educativa del Sistema Educativo Nacional y del SPD;
  6. Apoyar, promover e informar a la Junta sobre las acciones de vinculación con autoridades gubernamentales y educativas, así como con instituciones y organizaciones sociales en las entidades federativas;
  7. Coordinar la integración de información sobre el estado que guarda la educación y la evaluación, en las entidades federativas;
  8. Integrar la información que le remitan las DINEE sobre los posibles riesgos y obstáculos para el cumplimiento de las atribuciones del Instituto e informar a la Junta y a las unidades administrativas correspondientes;
  9. Proponer a la Junta la suscripción de convenios de colaboración con las diversas instancias que en el ámbito estatal estén involucradas en la evaluación de la educación para el desarrollo de los proyectos institucionales, así como dar seguimiento a los compromisos establecidos;
  10. Impulsar la implementación de mecanismos de diálogo con las autoridades educativas locales y los centros escolares para promover la cultura de la evaluación y el uso de la información que genera el Instituto;
  11. Apoyar la difusión de la información, lineamientos y directrices que genere el Instituto, así como la de otros proyectos en los que participe, de conformidad con los protocolos que se definan de manera conjunta con las unidades administrativas;
  12. Coordinar el seguimiento de las directrices para la mejora educativa en las entidades federativas, de conformidad con los protocolos acordados con la UNPE;
  13. Coordinar el desarrollo de las acciones de formación y certificación de evaluadores, de conformidad con los protocolos que se establezcan de manera conjunta con las unidades administrativas que correspondan;
  14. Coordinar el desarrollo de acciones locales de comunicación social de conformidad con los protocolos que establezca la DGCS;
  15. Apoyar los procesos de supervisión de las evaluaciones de componentes, procesos y resultados del Sistema Educativo Nacional, así como las relativas al SPD, de conformidad con los protocolos que de manera conjunta se establezcan con la UNPE y la UESEN;
  16. Colaborar conforme a los protocolos que se establezcan de manera conjunta con la UESEN y la UA en las actividades de apoyo logístico; integración de información; capacitación de aplicadores; gestión, dispersión y comprobación de recursos, así como el control y supervisión y otras acciones vinculadas a los procesos de evaluación que se encomienden a las DINEE;
  17. Coordinar la organización y seguimiento de la participación de observadores acreditados por el Instituto en los procesos de evaluación vinculados al SPD, de conformidad con los protocolos que se establezcan de manera conjunta con la UNPE;
  18. Canalizar y, en su caso, apoyar la atención de solicitudes de asesoría técnica de autoridades educativas u otras dependencias o instituciones, captadas por las DINEE, ante las unidades administrativas que correspondan;
  19. Colaborar en la instrumentación de acciones de fortalecimiento de capacidades técnicas de las autoridades educativas locales en materia de evaluación educativa, de conformidad con los protocolos que establezcan de manera conjunta con las unidades administrativas;
  20. Coordinar la instrumentación de acciones de fortalecimiento de las capacidades técnicas de las autoridades educativas estatales en materia de evaluación educativa, de conformidad con los protocolos que establezca de manera conjunta con las unidades administrativas correspondientes;
  21. Coordinar la planeación, programación y presupuestación de la CDINEE y las DINEE, así como la gestión de los recursos humanos, materiales y financieros correspondientes, de conformidad con los protocolos que establezca la UA;
  22. Coordinar las acciones de apoyo a las DINEE para el desarrollo de estudios, investigaciones e innovaciones en materia de evaluación educativa del Instituto;
  23. Fungir como Secretariado de Actas del Consejo de Vinculación; y
  24. Desarrollar otras actividades que le sean encomendadas por la Junta.

 

De acuerdo con el artículo 78 del Estatuto Orgánico, las Direcciones del INEE en las Entidades Federativas tendrán las siguientes funciones:

 

Artículo 78.- Las Direcciones del INEE en las Entidades Federativas tendrán las siguientes funciones:

 

  1. Dar seguimiento a la Política Nacional de Evaluación de la Educación en la entidad federativa;
  2. Realizar acciones de vinculación con las diversas instancias que en el ámbito estatal estén relacionadas con la evaluación del Sistema Educativo Nacional y del SPD;
  3. Integrar la información y comunicar a la CDINEE sobre la educación y la evaluación en la entidad federativa;
  4. Informar a la CDINEE sobre los riesgos y obstáculos para el cumplimiento de las atribuciones del Instituto en la entidad federativa;
  5. Proponer a la CDINEE la suscripción de convenios de colaboración con diversas instancias que en el ámbito estatal estén relacionadas con la evaluación de la educación para el desarrollo de los proyectos institucionales, así como dar seguimiento a los compromisos establecidos;
  6. Difundir la información que genere el Instituto, así como la de otros proyectos en los que participe y promover su uso, de conformidad con los protocolos que establezca la DGDFCE;
  7. Dar seguimiento a la difusión de directrices para la mejora educativa que se emitan, de conformidad con los protocolos que establezca la DGDME y la DGDFCE;
  8. Implementar mecanismos de diálogo con las autoridades educativas locales y los centros escolares para promover la cultura de la evaluación y el uso de la información que genere el Instituto;
  9. Realizar las acciones de formación y certificación de evaluadores, de conformidad con los protocolos que se establezcan de manera conjunta con las unidades administrativas que correspondan;
  10. Realizar las acciones locales de comunicación social, en el ámbito de su competencia, de conformidad con los protocolos establecidos;
  11. Implementar y supervisar los procesos de evaluación de componentes, procesos y resultados del Sistema Educativo Nacional y los del SPD, así como retroalimentar a la UNPE y a la UESEN;
  12. Implementar y supervisar los procesos de validación de muestras; contratación de aplicadores; organización e implementación de operativos de campo; procesamiento e integración de información y otras acciones de los procesos de evaluación, de conformidad con los protocolos que se establezcan de manera conjunta con la UESEN y la UA;
  13. Organizar y dar seguimiento a la participación de observadores acreditados por el Instituto, de conformidad con los protocolos establecidos;
  14. Comunicar a la CDINEE las solicitudes de fortalecimiento de las capacidades técnicas de las autoridades educativas locales de conformidad con los protocolos que se establezcan de manera conjunta con las unidades administrativas que correspondan;
  15. Apoyar el desarrollo de estudios, investigaciones e innovaciones en materia de evaluación educativa en la entidad federativa, de acuerdo con los protocolos establecidos;
  16. Proponer a la CDINEE la planeación, programación y presupuestación de la DINEE, de conformidad con los protocolos establecidos;
  17. Realizar la gestión de recursos humanos, materiales y financieros, de conformidad con los protocolos que establezca la UA; y
  18. Desarrollar otras actividades que en el marco de sus funciones le sean encomendadas por el Coordinador.
6. ¿Por qué se busca que la educación sea de calidad?

El primer paso para mejorar la educación es evaluar su calidad. Para tener la escuela y el sistema escolar que queremos, que prepare a los estudiantes para participar con éxito en la vida productiva y desarrolle habilidades para aplicar los conocimientos efectivamente adquiridos, es necesario medir y evaluar el aprendizaje de los alumnos para identificar las capacidades que aún necesitamos desarrollar y los desafíos que debemos enfrentar.

Para el INEE la calidad educativa no es sólo el nivel de logro académico que alcanzan los alumnos, sino también la medida en que una escuela o sistema educativo consigue que los niños y jóvenes en edad escolar acudan a la escuela y permanezcan en ella, al menos hasta el final del trayecto obligatorio. La cobertura y eficiencia terminal son dimensiones de calidad, al igual que el nivel de aprendizaje.

7. ¿Qué es el Sistema Nacional de Evaluación Educativa y qué objeto tiene?

El Sistema Nacional de Evaluación Educativa es un conjunto orgánico y articulado de instituciones, procesos, instrumentos, acciones y demás elementos que contribuyen al cumplimiento de sus fines, establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Ley del INEE, y tiene por objeto contribuir a garantizar la calidad de los servicios educativos prestados por el Estado y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios.

8. ¿Cómo entiende el INEE la evaluación educativa?

El INEE entiende la evaluación educativa como una herramienta para la mejora de los componentes, procesos y resultados educativos. Por eso enfatiza el carácter formativo de la evaluación.

Si bien la evaluación es herramienta fundamental para la mejora, es claro que la sola evaluación no es suficiente. Se requieren intervenciones educativas – políticas y programas educativos – pertinentes y contextualizadas; se requieren también acciones para fortalecer el trabajo docente; son necesarias medidas para mejorar las condiciones en las que se desarrolla la vida escolar; es fundamental atender las condiciones del contexto que impiden el acceso a la escuela o el adecuado rendimiento de los educandos dentro de ella. La evaluación descubre las dimensiones de los problemas, su ubicación, sus diferencias, y permite acercarnos a atender sus posibles causas.

Evaluar supone además la construcción de los referentes a partir de los cuales se definan los criterios de evaluación. Estas definiciones deben ser claras y construidas de manera conjunta con los diferentes actores involucrados.

9. ¿Qué es el Servicio Profesional Docente?

Es el conjunto de actividades y mecanismos para el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia en el servicio público educativo y el impulso a la formación continua, con la finalidad de garantizar la idoneidad de los conocimientos y capacidades del personal con funciones de docencia, dirección y supervisión en la educación básica y media superior que imparta el Estado y sus Organismos Descentralizados.

10. En el contexto del Servicio Profesional Docente, ¿qué debemos entender por Marco General de una Educación de Calidad?

Al conjunto de perfiles, parámetros e indicadores que se establecen a fin de servir como referentes para los concursos de oposición y la evaluación obligatoria para el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia en el servicio, con pleno respeto a los derechos constitucionales de los trabajadores de la educación.

11. ¿Qué instancias participan en las evaluaciones del Servicio Profesional Docente?

El Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, quien tiene la responsabilidad de aprobar todos los instrumentos de evaluación, normar los procesos de evaluación y formar y certificar a los evaluadores, así como supervisar la aplicación de las evaluaciones.

La Secretaría de Educación Pública, a través de la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente, es la encargada de aplicar las evaluaciones para el ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia, y definir el perfil, los parámetros e indicadores, así como las etapas, métodos e instrumentos de las evaluaciones.

Estas dos instancias federales emiten de manera conjunta el calendario de evaluación y trabajan en coordinación con las autoridades educativas estatales.

Finalmente, las Autoridades Educativas, las Autoridades Educativas Locales y los Organismos Descentralizados quienes son las responsables de implementar los procesos de evaluación en las entidades y de proponer los parámetros e indicadores de las evaluaciones complementarias.

12. ¿Cuáles son las evaluaciones del Servicio Profesional Docente?

1. Evaluación de Ingreso. Constituye el acceso formal al Servicio Profesional Docente (SPD). Tiene el objetivo de garantizar la idoneidad de los conocimientos y las capacidades necesarias de quienes ingresen al SPD en la educación básica y media superior y consta de tres momentos: Ingreso al servicio por concurso de oposición; al primer año posterior al anterior concurso, una evaluación diagnóstica y; una evaluación de desempeño en el segundo año posterior al citado concurso de oposición.

2.Evaluaciones de promoción, entre otras, las siguientes:
a.Promoción a cargos de dirección y supervisión
b.Promoción en la función
c.Promoción funciones de asesor técnico pedagógico
d.Promoción asignación de horas adicionales

3. Evaluación del desempeño. Tiene como finalidad medir la calidad y los resultados de la función docente, directiva, de supervisión y de asesoría técnico pedagógica, o cualquier otra de naturaleza académica, así como asegurar que se cumple con el perfil y el compromiso profesional que requiere un sistema escolar, para coadyuvar en garantizar el derecho a la educación de calidad. En tal sentido, constituye una valoración sobre la continuidad en el servicio educativo, con pleno respeto a los derechos constitucionales.

13. ¿Cuáles son los beneficios de participar en la evaluación del desempeño docente?

Garantizar la idoneidad y suficiencia de conocimientos y capacidades

· Contribuir efectivamente a la enseñanza y el aprendizaje de los alumnos
· Refrendar la continuidad laboral en la función docente con pleno respeto a los derechos constitucionales
· Obtener incentivos y diversos reconocimientos
· Acceder a promociones para aspirar a cargos superiores o a más horas de clase
· Participar en programas de formación permanente para fortalecer el desarrollo profesional

14. ¿Qué elementos de la práctica profesional se consideran en la evaluación del desempeño docente?

A través de la recopilación y el análisis de información y evidencias, así como de diversos instrumentos se evalúan los siguientes elementos de la práctica profesional de los docentes:

· Cumplimiento de responsabilidades
· Práctica de enseñanza
· Conocimientos y competencias didácticas para propiciar el aprendizaje
· Argumentos sobre estrategias elegidas en la planeación didáctica

15. ¿Con qué herramientas se evalúa el desempeño de los docentes?
  • Cuestionario estandarizado de preguntas cerradas que responde la autoridad educativa inmediata. Los temas son: planeación didáctica, atención a los alumnos, participación en el funcionamiento de la escuela y órganos colegiados, vinculación con los padres de familia y con la comunidad, cumplimiento de la normalidad mínima
  • Muestra de los trabajos desarrollados por los alumnos
  • Rúbricas aplicadas por evaluadores certificados por el INEE para valorar las evidencias de enseñanza y los argumentos de planeación didáctica
  • Examen sobre conocimientos y competencias didácticas, es decir, sobre casos y situaciones educativas en el aula
16. ¿Qué elementos de la práctica profesional se consideran en la evaluación del desempeño de los directores?

A través de la recopilación y el análisis de información y evidencias, así como de diversos instrumentos se evalúan los siguientes elementos de la práctica profesional de los directores:

  • Argumentos sobre las evidencias de gestión directiva
  • Conocimientos y habilidades para propiciar el adecuado funcionamiento de la escuela
  • Ruta de mejora y acciones para llevarla a cabo
17. ¿Con qué herramientas se evalúa el desempeño de los directores?
  • Rúbricas aplicadas por evaluadores certificados por el INEE para valorar la argumentación sobre el expediente de evidencias de gestión directiva, así como la ruta de mejora y la fundamentación de acciones
  • Examen sobre conocimientos y habilidades directivas, es decir, casos escolares cotidianos y planteamientos a resolver
18. ¿Cuándo se llevará a cabo la evaluación de desempeño del segundo grupo?

Los docentes y directivos de educación básica y docentes de educación media superior del segundo grupo serán evaluados en las siguientes etapas:

  • Recopilación de información sobre el cumplimiento de responsabilidades profesionales y evidencias de enseñanza: 15 de septiembre al 31 de octubre de 2016
  • Examen de conocimientos y competencias didácticas y de planeación didáctica argumentada: 5 al 27 de noviembre
  • Publicación de resultados: 15 de febrero de 2017
19. ¿Cuándo será convocado el personal del segundo grupo que participará en la evaluación del desempeño?

Con base en el Calendario 2016 de Evaluaciones del Servicio Profesional Docente, el personal del segundo grupo del ciclo escolar 2015-2016 será convocado a participar en la evaluación del desempeño en educación básica y media superior, del 22 al 31 de agosto de 2016.

20. En el caso de que hubiera sido notificado para presentar la evaluación del desempeño, ¿tengo opción para no hacerlo o puedo “renunciar” a presentar esta evaluación?

No, de conformidad con el artículo 3° de la Constitución, el 52 de la Ley General del Servicio Profesional Docente y el 5 de los Lineamientos para llevar a cabo la evaluación del desempeño de quienes realizan funciones de docencia, dirección y supervisión en educación básica y media superior. LINEE-05-2015, la evaluación del desempeño es obligatoria para los docentes, técnico docentes y personal con funciones de Dirección y Supervisión con nombramiento definitivo y en servicio en educación básica.

También es obligatoria para el personal Docente y Técnico Docente y con funciones de Dirección o Supervisión con nombramiento provisional, mismos que podrán tener nombramiento definitivo en el caso de obtener resultado suficiente en dicha evaluación y de conformidad con lo que establezca la Secretaría de Educación Pública, a través de la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente, para tales efectos.

La evaluación del desempeño se realizará por lo menos una vez cada cuatro años.

21. ¿Qué autoridad comunicará a los docentes y directivos que deberán presentarse a su evaluación del desempeño, así como las sedes y fechas de la misma?

La Secretaría de Educación Pública, a través de la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente, notificará a los docentes, técnico docentes y personal con funciones de dirección y supervisión que deberán presentar su evaluación del desempeño, de conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la Ley General del Servicio Profesional Docente.

Asimismo, corresponderá a las Autoridades Educativas, Autoridades Educativas Locales y Organismos Descentralizados notificar a los interesados, sobre las sedes y fechas en las que presentarán la evaluación de desempeño citada, así como las características de las herramientas e instrumentos que serán utilizados para su realización.

22. ¿Quién proporciona a los docentes el usuario y contraseña para incorporar en la plataforma tecnológica el informe de responsabilidades y las evidencias de enseñanza?

De conformidad con los lineamientos que regulan la organización y operación del proceso de evaluación del desempeño, corresponde a la Secretaría de Educación Pública, a través de la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente.

23. Si tengo un problema relacionado con el funcionamiento de la plataforma tecnológica utilizada para subir el expediente de evidencias y el informe de responsabilidades, ¿a quién puedo acudir?

Corresponde a la Secretaría de Educación Pública, a través de la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente (CNSPD), garantizar que la plataforma tecnológica que utilice el Sistema Nacional de Registro del Servicio Profesional Docente cuente con el espacio suficiente para facilitar el tráfico de usuarios, registros y consultas que correspondan al proceso de evaluación del desempeño.

En tal sentido, te recomendamos consultar en la página web de la CNSPD, los contactos telefónicos y de correo electrónico que para estos propósitos tiene establecidos la misma.

24. ¿Quiénes serán los evaluadores?

Docentes como tú que deben acreditar un programa de formación, su propia evaluación del desempeño docente y un examen de certificación.

25. Si estoy interesado en certificarme como evaluador, ¿qué debo hacer?

Participar en el proceso de Certificación de Evaluadores del Desempeño en Educación Básica y Media Superior, atendiendo lo señalado al respecto en la convocatoria que en su oportunidad emita el INEE.

Para el ciclo escolar 2016-2017 el proceso de certificación de evaluadores de referencia considera los tiempos y formas establecidos en la Convocatoria que fue publicada el pasado 19 de febrero de 2016, en la página web del Instituto.

26. ¿Cuál es la vigencia del certificado de evaluador del desempeño en educación básica y media superior?

De conformidad con los Lineamientos para la certificación de evaluadores del Desempeño en Educación Básica y Media Superior emitidos para el ciclo escolar 2016-2017, la vigencia del certificado será de dos años siempre y cuando se cumpla con lo establecido en dicho ordenamiento.

27. ¿Dónde puedo consultar los resultados de PLANEA de mi escuela, o los que obtuvo mi hijo?

Durante los primeros meses del ciclo escolar 2015-2016 cada centro escolar de Educación Básica recibirá un reporte de resultados contextualizados de las evaluaciones de las escuelas, con la finalidad de alentar la reflexión en la comunidad educativa y para contribuir a la mejora de los procesos de enseñanza aprendizaje. Simultáneamente esta información está a disposición de los usuarios en la siguiente liga: http://planea.sep.gob.mx/ba/

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Política Nacional de Evaluación de la Educación

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Instrumento de planeación para el análisis y orientación de las acciones de evaluación y mejora educativa en los estados.

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